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DIRECTRICES MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL - REPORTE DE MATRICULA


 El artículo 5 del Decreto 2685 de 2012 modificado por el artículo 2 del Decreto 916 de 2013, establece las fechas en que las Instituciones de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano deberán reportar al Ministerio de Educación Nacional la Información actualizada de los estudiantes matriculados de conformidad con las siguientes fechas límites:   
 
visite la página www.sempopayan.gov.co   Circular 043 de 2015