Información al ciudadano

Glosario


A
Acción Correctiva: ​Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad
detectada u otra situación indeseable.
Acción de Mejora: ​Acción permanente, realizada con el fin de aumentar la
capacidad para cumplir los requisitos y optimizar el desempeño.
Acción Disciplinaria: ​Mecanismo público que se pone en funcionamiento cuando
el particular o el servidor del Estado, suministran información a la autoridad
competente, sobre la comisión de una posible falta disciplinaria.
Acción Preventiva: ​Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad
potencial u otra situación potencialmente indeseable.
Activo: ​Cualquier cosa que tiene valor para la organización.
Activo Corriente: ​Comprende el efectivo, los bienes y derechos (por ejemplo
cuentas por cobrar) que pueden ser convertidos en efectivo en un período no
superior a un año.​
Activo no Corriente: ​Son las propiedades o bienes materiales que posee la
entidad, tales como maquinaria, equipo, infraestructura, entre otras que
normalmente no están destinados a la venta, sino que son utilizadas de modo
permanente por la entidad en la obtención de sus objetivos.​
Acto Administrativo: ​Expresión de la voluntad de la administración que tiene la
virtud de producir efectos jurídicos.
Acuerdo Municipal: ​Es cuando la iniciativa de ciudad analizada en dos debates
es aprobada por el Concejo, firmada por el Alcalde y publicado en la gaceta oficial.
Es de obligatorio cumplimiento.
 
Año Fiscal Económico: ​Período de doce meses comprendido entre el 1 de enero
y el 31 de diciembre de cada año.​
Asesorar: ​Aconsejar, sugerir soluciones, orientar en asuntos profesionales o
técnicos determinados, y evacuar las consultas que sean sometidas a estudio y
consideración.
 
Autoridad: ​Institución pública y persona que en representación de ella ejerce la
potestad legítima del Estado.​
B
Barrio: ​Es una unidad territorial compuesta por múltiples elementos y relaciones,
su conformación responde mayoritariamente a factores sociales, culturales y
económicos, llevados a cabo en forma espontánea por sus residentes.
C
Calidad: ​Es el grado en el que un conjunto de características inherentes satisface
los requisitos.
Casa: ​Edificación unifamiliar destinada a vivienda.
Certificaciones: ​Son actos administrativos por medio de los cuales el Director de
una oficina pública da fe sobre la existencia o estado de actuaciones o procesos
administrativos que se hayan surtido.
Ciudadano: ​Es un miembro de una comunidad política (en su origen, una ciudad,
pero hoy en día se refiere a un Estado). La condición de miembro de dicha
comunidad se conoce como ciudadanía y conlleva derechos de participación
política.
 
Conjunto: ​Desarrollo inmobiliario conformado por varios edificios levantados
sobre uno o varios lotes de terreno, que comparten áreas y servicios de uso y
utilidad general, como vías internas, estacionamientos, zonas verdes, muros de
 
cerramiento, porterías entre otros. Puede conformarse también por varias
unidades de vivienda, comercio o industria, estructuralmente independientes.
Construcción Sismo Resistente: ​Es el tipo de construcción que cumple con el
objeto de esta ley, a través de un diseño y una construcción que se ajusta a los
parámetros establecidos en ella y sus reglamentos. ​
Costos: ​Egresos y cargos asociados con la adquisición o la producción de los
bienes o la prestación de los servicios. ​
D
Damnificado: ​Se dice de la persona que ha sufrido daños o pérdida de seres
queridos u objetos de valor (vivienda, cosecha, escuelas, etc...) a causa de
desastres naturales o de conmoción social como por ejemplo: derrumbes,
inundaciones.
 
Delegación: ​Es la transferencia de funciones administrativas del titular de las
mismas (delegante) a un inferir o en otras autoridades (delegatario), para que éste
ejerza y actúe en forma independiente y definitiva. Como requisito indispensable
de la delegación, se establece, la realización por escrito del acto de asignación, en
el cual se debe determinar la autoridad delegataria y las funciones que se
transfieren.
 
Desastre Natural: ​Hace referencia a las enormes pérdidas humanas y materiales
ocasionadas por eventos o fenómenos como los terremotos, inundaciones,
deslizamientos de tierra, deforestación, contaminación ambiental y otros.
 
Desastre no Natural: ​Desastres que pueden ser causados por ciertas actividades
humanas, que alteran la normalidad del medio ambiente. Algunos de estos
tenemos: la contaminación del medio ambiente, la explotación errónea e irracional
de los recursos naturales renovables como los bosques y el suelo y no renovables
como los minerales, la construcción de viviendas y edificaciones en zonas de alto
riesgo.
 
Desplazado: ​Toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio
nacional abandonando su localidad de residencia o actividades económicas
habituales, porque su vida, su integridad física, su seguridad o libertad personal
han sido vulneradas o se encuentran directamente amenazadas, con ocasión de
cualquiera de las siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios y
tensiones interiores, violencia generalizada, violaciones masivas de los derechos
humanos, infracciones al derecho internacional humanitario u otra circunstancia
emanadas de las situaciones anteriores que puedan alterar o alteren
drásticamente al orden público". (Ley 387 de 1997, artículo 1).
Desplazamiento: ​El desplazamiento forzado es uno de los problemas sociales
más graves del país. Un desplazado es alguien que ha sido forzado a emigrar
dentro del territorio nacional, abandonando su lugar de residencia o actividades
económicas regulares porque su vida, seguridad física o libertad personal se han
visto seriamente afectadas o están bajo amenaza directa, por alguna de las
siguientes situaciones: conflicto armado interno, disturbios internos y tensión,
violencia generalizada, violación masiva de los Derechos Humanos, violaciones
del Derecho Internacional Humanitario u otras circunstancias que resultan de las
anteriores situaciones, que pueden alterar el orden público drásticamente.
 
E
Edificio: ​Construcción de uno o varios pisos levantados sobre un lote o terreno,
cuya estructura comprende un número plural de unidades independientes, aptas
para ser usadas de acuerdo con su destino natural o convencional, además de
áreas y servicios de uso y utilidad general. Una vez sometido al régimen de
propiedad horizontal, se conforma por bienes privados o de dominio particular y
por bienes comunes.
Entidades Territoriales: ​Los departamentos, los distritos, los municipios y los
territorios indígenas. (Artículo 286, Constitución Política de Colombia).
Espacio Público: La legislación actual recoge el concepto de un modo integral y
 
considera como espacio público no sólo aquel al cual se accede libremente, sino
que da particular importancia a las diversas funciones que cumplen los espacios,
independientemente de su tenencia. 
F
Formulario de Solicitud Trámite: ​Documento a través del cual la persona natural
o jurídica solicita ante la autoridad competente, la realización de un trámite.
G
Gastos de Inversión: ​Son gastos de inversión aquellos desembolsos que
generan rentabilidad (como inversión en acciones) o que se destinan para la
compra de bienes perdurables tales como muebles, maquinaria, equipos,
infraestructura, entre otros. Estos gastos también son llamados Gastos de capital.
Gastos Operacionales: ​Son todos los desembolsos relacionados con la actividad
diaria. Por ejemplo: arriendo, vigilancia y seguridad, servicios públicos, salarios,
entre otros.
Georreferenciación: ​Procedimiento mediante el cual se muestra la distribución
(espacialización) de un fenómeno a través de la utilización de un sistemas de
coordenadas, que tiene como producto uno o varios mapas.
L
Ley Antitrámites: ​Esta Ley es una iniciativa gubernamental que se expidió para
reducir buena parte de los trámites y procedimientos que las personas jurídicas y
naturales deben hacer ante diferentes entidades del Estado.
 
Licitación Pública o Concurso: ​Proceso de selección de un contratista que se
aplica cuando el valor del contrato por celebrar excede la menor cuantía (ver
definición), en el cual la entidad pública realiza la selección después de evaluar
diversas propuestas presentadas por personas jurídicas o naturales que están en
capacidad de contratar.
M
 
Medio Ambiente: ​Se entiende por medio ambiente al entorno que afecta y
condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o la sociedad
en su conjunto. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales
existentes en un lugar y un momento determinado, que influyen en la vida del
hombre y en las generaciones venideras.
N
Normatividad: ​Normas o conjunto de normas aplicables a las funciones
institucionales.
P
Patrimonio: ​Propiedad física de la entidad, definida como la suma de todos los
activos, menos, la suma de todos los pasivos. Es con lo que realmente contaría la
entidad luego de pagar sus pasivos y vender todos sus activos.
Plan de Desarrollo Municipal: ​Es la herramienta básica de planeación, donde se
materializa el programa de gobierno y las políticas institucionales, con el propósito
de mejorar las condiciones de vida de los habitantes del municipio, contando con
la participación del sector público y privado.
Plan de Ordenamiento Territorial (POT): ​Es un proceso diseñado para organizar
el espacio geográfico donde se localiza el municipio, con base en las
características económicas, sociales, culturales y ambientales que este posee. Se
realiza mediante actuaciones físicas sobre la ciudad, impulsando nuevas formas
de desarrollo, uso y ocupación del territorio existente y el que se piensa ocupar en
el futuro. Estas actuaciones físicas deben responder a una serie de objetivos, que
son previamente concertados con todos los habitantes del municipio ya que se
constituyen parte de la meta que debemos cumplir; es la imagen de la ciudad
donde queremos vivir.
Planes de Mejoramiento: ​Son las acciones que deben tomar las entidades
vigiladas, con base a los resultados de las auditorías anteriores para corregir
situaciones observadas por las Contralorías.
 
Presupuesto: ​Es la planeación de los ingresos y los gastos que las entidades
aprueban para un periodo determinado; dentro de esta planeación los ingresos
deben ser iguales a los gastos.
Q
Queja: ​Cualquier expresión verbal o escrita o en medio electrónico, de
insatisfacción respecto al servicio o empleado que presta la entidad y que requiere
una respuesta.
R
Reclamo: ​Comunicación verbal, escrita o en medio electrónico, mediante la cual
se presenta una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha
sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o
suspensión injustificada del servicios (los reclamos deben ser contestados dentro
de los quince (15) días siguientes a la fecha de su presentación).
 
Registro Presupuestal: ​Es el registro definitivo de un gasto que expide el jefe de
presupuesto de una entidad pública, el cual garantiza que los recursos del
presupuesto solo se utilizarán para el fin especificado en dicho registro.
S
SECOP: ​Sistema Electrónico para la Contratación Pública. Este es un portal
donde no permite evidencias de los contratos que se ejecutan en cada uno de los
Municipios, se puede acceder por www.contratos.gov.co.​
 
Seguimiento: ​Proceso mediante el cual, se recopilan sistemáticamente y con
cierta regularidad los datos referidos al desarrollo de un programa a lo largo del
tiempo.​
 
Servicio: ​Conjunto de actividades que buscan proporcionar valor agregado a los
usuarios, al ofrecer un beneficio o satisfacer sus necesidades.
 
Servicio en Línea: ​Servicio que puede ser prestado por medios electrónicos a
través del portal de una entidad.
Solicitudes: ​Solicitud verbal o escrita presentada ante un servidor de la entidad
con el fin de requerir su intervención en un asunto de su competencias (las
solicitudes deben ser contestadas dentro de los quince (15) días siguientes a la
fecha de su recibo).
Sugerencia: ​Recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto
mejorar el servicio que se presta en cada una de las dependencias de la Alcaldía
Municipal de Restrepo, racionalizar el empleo de los recursos o hacer más
participativa la gestión pública (En un término de quince (15) días se informará
sobre la viabilidad de su aplicación).
T
Trámite: ​Conjunto o serie de pasos o acciones reguladas por el Estado, que
deben efectuar los usuarios para adquirir un derecho o cumplir con una obligación
prevista o autorizada por la Ley. El trámite se inicia cuando ese particular activa el
aparato público a través de una petición o solicitud expresa y termina (como
trámite) cuando la administración pública se pronuncia sobre éste, aceptando o
denegando la solicitud.
Trámite en Línea: ​Trámite que puede ser realizado por medios electrónicos a
través del portal de una entidad, ya sea de manera parcial, en alguno de sus
pasos o etapas, o total, hasta obtener completamente el resultado requerido.