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Decreto de tarifas para taxis de Servicio Público


Listo Decreto de tarifas para taxis de Servicio Público

El Alcalde Francisco Fuentes Meneses, firmó el Decreto No 2065  “Por medio del cual se fijan las tarifas para taxis de Servicio Público Transporte Terrestre Automotor Individual de Taxis en la Ciudad de Popayán”.

Dijo el Alcalde que con el fin de dar cumplimiento a la meta mencionada, la Secretaría de Tránsito y Transporte inició en el año 2013 el Proceso de Mínima Cuantía SG No.186 de 2013 cuyo objeto era "Realizar el Estudio que determine la fijación de las tarifas para el servicio de transporte público individual de pasajeros tipo taxi en el municipio de Popayán", proceso que fue declarado desierto por cuanto el oferente no cumplió con la totalidad de los requisitos.

 

Que debido a que el proceso para la implementación de taxímetros fue declarado desierto se hace necesario iniciar nuevamente las acciones para poder contratar este estudio el cual es un requisito para la implementación de los taxímetros en la ciudad de Popayán, proceso que ya se inició y que debe estar adjudicado y terminado antes de finalizar el mes de abril de 2014.

 

A través de los oficios radicados por los representantes de las empresas legalmente habilitadas en la modalidad de taxis en la ciudad de Popayán solicitan a la Administración Municipal el incremento de las tarifas del servicio mencionado "hasta cuando entre en funcionamiento el nuevo sistema de tarificación (TAXIMETROS) que consideramos de vital importancia para el sector y benéfico para la ciudadanía..."

 

Aclaro el señor Alcalde, Fuentes Meneses que la Administración Municipal desde el año 2011, no ha realizado incrementos de tarifas para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor individual de taxis y  se debe tener en cuenta que los costos e índices operacionales de los vehículos, el índice de Precios al Consumidor (IPC), la estructura de costos variables, fijos y de capital base para fijar las tarifas que se cobrarán a los usuarios en los diferentes niveles de servicio, se han incrementado.

 

Según el Decreto No 2065 las tarifas para la prestación del servicio público de transporte urbano, en vehículos,  tipo taxi, en las 8 zonas determinadas para el Municipio de Popayán serán:

 

ZONA UNO, tarifa ordinaria$ 4.000, tarifa Nocturna $4.400; Tarifa Domingos y Festivos, 4.400, Nocturna Domingos y Festivos $4.700.

 

 ZONA DOS: Tarifa Ordinaria $4.400, tarifa Nocturna $4.800, Tarifas Domingos y Festivos, $4.800, Nocturna Domingos y Festivos, $5.100.

 

 ZONA TRES: Tarifa Ordinaria $4.900, Tarifa Nocturna $5.400, Tarifas Domingos y Festivos $5.400, Nocturna Domingos y Festivos, $5.700.

 

ZONA CUATRO: Tarifa Ordinaria $6.100, Tarifa Nocturna $6.500; Domingos y Festivos, $.6.400, Nocturna Domingos y Festivos, 6.90.

 

ZONA CINCO: Tarifa ordinaria, $.8.300, Tarifa Nocturna,$7.100; Domingos y Festivos, $7.200, Nocturna Domingos y Festivos, 7.500.

 

ZONA SEIS: Tarifa Ordinaria,$8.300, Tarifa Nocturna,$8.700, Domingos y Festivos, $8.700, Nocturna Domingos y Festivos, $9.100.

 

ZONA SIETE: Tarifa Ordinaria,$10.800, Tarifa Nocturna,$11.800, Domingos y Festivos, $11.800, Nocturna Domingos y Festivos,$11.600.

 

ZONA ESPECIAL: En la zona especial la tarifa es de $15.000 mil pesos.

 

De conformidad con lo establecido en el Decreto 6345 del 30 de octubre de 2012, la tarifa a aplicar en los barrios aledaños al COMPLEJO DEPORTIVO, considerados como tales los ubicados desde La Piedra Norte hasta el SENA (Vía Panamericana) es la tarifa mínima.

Para las carreras que se efectúen entre los extremos de la ciudad y cuyo desplazamiento sea conforme a los siguientes desplazamientos:  Origen Sur y llegada Norte; Origen Occidente y llegada Norte; Origen Norte y llegada Sur; Origen Norte y llegada al Occidente y Origen Norte y llegada al Oriente, se contempla un recargo de MIL CIEN PESOS ($1.100), sobre la tarifa aplicable a la tarifa ordinaria autorizada.

 

La hora de servicio dentro del perímetro urbano, tendrá un costo de QUINCE MIL PESOS  ($ 15.000).

 

Entiéndase por Servicio Nocturno el prestado entre las ocho de la noche (8:00 p.m.) y las cinco de la mañana (5:00 a.m.)

 

Finalmente dice el Alcalde  Francisco Fuentes Meneses  en el Decreto 2065, que los vehículos se servicio público tipo taxi, obligatoriamente deberán portar en lugar visible, la TARJETA DE CONTROL que reglamenta el Decreto 172 de 2001, la cual debe contener las tarifas establecidas en el presente decreto, identificación del vehículo y del conductor con su respectiva fotografía y número de línea telefónica para reclamos, debidamente certificadas por la misma Secretaria.

 

Cuando se solicita el servicio dentro de la misma zona o entre barrios aledaños que pertenezcan a diferentes zonas, el valor a cobrar será la tarifa mínima.

 

Aclara que no se cobrará recargo por el servicio a domicilio a través del RADIO TELÉFONO.

 

Por cada cinco (5) minutos que el usuario haga esperar al conductor, se cobrarán QUINIENTOS PESOS ($ 500) adicionales.

 

 

La instalación de vidrios polarizados en los vehículos de servicio público de taxis, buscando garantizar la tranquilidad y seguridad, tanto de los conductores como de los usuarios.

 

También puede consultar este, y otros actos administrativos en el siguiente link: http://popayan.gov.co/ciudadanos/la-alcaldia/normatividad/decretos