La Alcaldía
Concejo Municipal de Popayán
Misión
El Concejo Municipal de Popayán como Corporación Pública, de elección popular Político Administrativo, ejercerá control político a la Administración Municipal, facilitara la participación democrática, debatirá y expedirá Acuerdos para promover el desarrollo integral de la ciudad y sus habitantes, en cumplimiento de los fines sociales del Estado Social de Derecho, a través de una Organización Administrativa, autónoma, eficiente y moderna. De igual manera vigilara y controlara la Gestión de las Autoridades Municipales de conformidad con los deberes y derechos consagrados en la Constitución Política, la Ley y los acuerdos Municipales.
Visión
El Concejo Municipal de Popayán en el año 2030, será el mejor Concejo del país dentro de las categorías de los Municipios por su ejercicio democrático, la innovación de sus políticas y prevalencia del bien común.
Funciones del Presidente del Concejo Municipal de Popayán
- Actuar en representación del Concejo en los actos y actividades que le correspondan.
- Convocar, presidir y dirigir las sesiones plenarias.
- Fomentar las buenas relaciones de la Corporación con el gobierno y con los demás Concejos del país.
- Someter a discusión y firmar las actas de la Corporación.
- Disponer los gastos de la Corporación con sujeción a las apropiaciones presupuéstales respectivas, excepto aquellos que sean de competencia de la mesa directiva.
- Dar posesión a los Concejales, Presidente, Vicepresidentes y al Secretario, previo el lleno de los requisitos legales.
- Tramitar ante la Plenaria del Concejo las renuncias presentadas por los Concejales.
- Disponer las medidas necesarias para hacer efectiva la declaratoria de nulidad de la elección de un Concejal.
- Hacer efectivo el cese de funciones de un Concejal por la declaración de interdicción judicial.
- Declarar las vacancias absolutas de los Concejales y disponer lo pertinente para su ocupación.
- Hacer efectivas las sanciones de destitución y suspensión de Concejales.
- Designar ponente a los proyectos de acuerdo.
- Firmar los proyectos de Acuerdo aprobados por el Concejo.
- Sancionar y publicar los proyectos de Acuerdo cuando la plenaria hubiere rechazado las objeciones por inconveniencia formuladas por el Alcalde y éste no lo sancione.
- Designar el coordinador y los integrantes de las comisiones accidentales.
- Dirigir los debates, mantener el orden, cumplir y hacer cumplir el reglamento y decidir las dudas de interpretación que acerca de éste se susciten.
- Velar por el buen funcionamiento de la secretaría del Concejo.
- Fijar las políticas para la correcta ejecución del presupuesto de la Corporación, en su calidad de ordenador del gasto.
- Requerir a las comisiones para que presenten sus informes dentro del término que se les haya fijado.
- Solicitar a los representantes de las entidades públicas o privadas los documentos o informes relacionados directamente con asuntos de interés público investigados por la Corporación.
- Presentar informes de labores al término de su gestión.
- Cumplir y hacer cumplir las normas sobre carrera administrativa en su condición de nominador.
- Fijar, redefinir, reasignar y suprimir por medio de resolución las funciones que deben desempeñar los diferentes cargos del Concejo, de acuerdo a la naturaleza de los mismos.
- Las demás contempladas en la Constitución, la ley y este reglamento.
Funcionario responsable
BAYRON MAURICIO LEMA ASCUNTAR, Abogado de la Universidad del Cauca con especialización en Derecho Administrativo. Concejal de Popayán durante dos periodos 2008 – 2015 y Abogado Litigante. Filiación Política Partido Conservador Colombiano.
Proyectos de Acuerdo
Los diferentes proyectos de Acuerdo pueden consultarse en el sitio web del Concejo Municipal de Popayán.
Trámites y servicios
- Principios generales: El Concejo buscará y contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones cívicas, de economía solidaria, científicas, artísticas, sindicales, comunitarias, profesionales, juveniles, deportivos, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública. Para ello, establecerá programas permanentes para el conocimiento, promoción y protección de los valores democráticos, constitucionales, institucionales y cívicos, especialmente al de la solidaridad social, de acuerdo con los derechos fundamentales, económicos, sociales, culturales y artísticos, los colectivos y los de medio ambiente. De acuerdo al Artículo 123 del acuerdo 046 de 2007.
- Discusión de proyectos de Acuerdo: Para expresar su opinión, toda persona natural o jurídica podrá presentar observaciones sobre cualquier proyecto de Acuerdo cuyo estudio o examen se esté adelantando en las comisiones permanentes. La mesa directiva del Concejo dispondrá los días, horarios y duración de las intervenciones, así como el procedimiento que asegure el debido y oportuno ejercicio de este derecho. Para su intervención, el interesado deberá inscribirse previamente en el libro de registro que se abrirá en la secretaría General para tal efecto. Las observaciones u opiniones presentadas, deberán formularse por escrito y serán publicadas en la Gaceta del Concejo. Artículo 124 del acuerdo 046 de 2007.
- Invitación pública: El Concejo podrá convocar a las organizaciones o Grupos representativos cuando vaya a discutir iniciativas relativas a la problemática de la mujer, de minorías étnicas o marginadas, de los niños o a la juventud. Igualmente podrá convocar a la ciudadanía en general cuando se trate de iniciativas sobre el medio ambiente y recursos naturales. Artículo 125 del acuerdo 046 de 2007.
- Representantes de las Juntas Administradoras Locales: Las Juntas Administradoras Locales que presenten proyectos de Acuerdo a la corporación podrán designar dos representantes con derecho a voz para participar permanentemente en las discusiones del primer debate a los proyectos de Acuerdo presentados por ellas. Para la discusión en segundo debate de los proyectos de Acuerdo presentados por las Juntas Administradoras Locales, la plenaria podrá autorizar la intervención de un vocero de dichas juntas. Artículo 126 del acuerdo 046 de 2007.
Información de contacto
Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.
Dirección: Edificio El CAM, segundo patio, segundo piso.
Teléfono: 8242006.
Correo electrónico: [email protected]